INCOTERMS®

Las Reglas INCOTERMS®, son facilitan la gestión de los negocios internacionales, por lo que la referencia a una Regla INCOTERM® define claramente las obligaciones para cada una de las partes en una compra-venta de bienes y reduce el riesgo de controversias, es decir; hasta donde llegan las obligaciones del vendedor y a partir de donde inician las obligaciones del comprador, o “quien paga qué”.

La Cámara de Comercio Internacional (ICC por sus siglas en Inglés) las crea en 1936, desde entonces se convierten en un estándar contractual aceptado en todo el mundo, estas han sido actualizadas constantemente tomando en cuenta la propia naturaleza de las transacciones comerciales en la actualiadad, la seguridad en la circulación de las mercancías y otros elementos determinantes del Comercio Internacional.

Actualmente utilizamos las  REGLAS INCOTERMS 2010, las cuales han sido reducidas de 13 a 11 lo suficientemente claras para evitar dudas en las condiciones de contratación de compra venta.

Los principales beneficios de los INCOTERMS® radican en el hecho de que, independientemente del marco legal, todas las partes implicadas tienen un entendimiento común de lo que significa cada término. Esto contribuye en gran medida a que, por ejemplo, un chino y un colombiano tengan la misma comprensión sobre los términos comerciales y las obligaciones que esto conlleva, esto puede referirse tanto al costo como al riesgo asociado con un transporte de A a B.

EXW (Ex Works o En Fábrica):

El vendedor cumple con todas las obligaciones tan pronto como entrega la mercancía en el local en donde se fabrican las mercancías

FCA (Free carrier o Libre Transportista):

El vendedor entrega, en el lugar acordado,  la mercancía para exportación al transportista propuesto por el comprador.

DDP (Delivered Duty Paid o Entregadas Derechos Pagados):

Es lo opuesto a EXW. Las obligaciones del vendedor incluyen el transporte desde el punto de recepción del vendedor hasta el sitio de entrega, los impuestos y derechos de importación, todos los gastos inherentes a la importación y la cobertura de seguros.